Normas de publicación
Los artículos estarán escritos en castellano, deben incluir el título en castellano e inglés, acompañado de un resumen / abstract, en castellano e inglés, que no supere las cien palabras. Asimismo, deberán incluirse en sendos idiomas entre cinco y diez palabras clave / keywords.
Los artículos se enviarán en formato Word para Windows; fuente Times New Roman; cuerpo del texto principal 12; cuerpo del texto de notas 10; interlineado 1,5; separación entre párrafos de 6 puntos. Si contiene imágenes, tablas o gráficas deben situarse en el lugar que les corresponda en el texto, y con un pie de página que las explique suficientemente.
Los artículos tendrán una extensión aproximada entre 20 páginas y 40 páginas y las reseñas o comentarios (y otros) entre 2 y 6 páginas.
El encabezamiento de los artículos deberá disponer el siguiente contenido, debidamente centrado en el cuerpo del texto:
- Título del artículo, conciso y comprensivo de la materia objeto de análisis.
- Identificación de autoría (en mayúscula y negrita) y vinculación profesional (en minúscula y sin negrita).
- Dirección de correo electrónico de contacto.
- Los epígrafes que compongan el trabajo deberán presentarse centrados, en letra mayúscula, numeración romana y en negrita.
- Los subepígrafes se presentarán en letra minúscula, en numeración arábiga, centrados y sin negrita.
NORMAS DE EDICIÓN
Como norma general, se aplicarán correctamente las reglas de la Real Academia Española de la lengua. Son elementos de cotejo y consulta sus distintos diccionarios y fundéuRAE. No obstante, la experiencia nos aconseja llamar la atención sobre algunas cuestiones.
En cualquier caso, la editorial Colex se reserva el derecho a corregir los originales de los autores que no se ajusten a las reglas de la RAE y a los criterios aquí establecidos.
1. EVITAR EL ABUSO DE LAS MAYÚSCULAS
1.1. Cargos y oficios
Los cargos y oficios van en minúscula inicial, por muy alto que sea el rango de la autoridad: ministro, juez, fiscal, director general, subsecretario. Lo excepcional es que aparezcan en mayúscula, por ejemplo, cuando se refieren a una persona concreta sin mencionar expresamente su nombre: El Rey de España, El Papa visitará la India el próximo otoño.
Sí va en mayúscula inicial el órgano o la institución: fiscal general del Estado, ministra de Justicia, secretario general de la ONU, presidente del Gobierno, vocal del Consejo General del Poder Judicial.
El nombre común de las resoluciones judiciales va con inicial minúscula: sentencia-s, auto-s, providencia-s; igual sucede con las resoluciones administrativas: orden-es, decreto-s, acuerdo-s, ordenanza-s.
1.2. Nombre de los meses, días de la semana, estaciones del año, nombre de las monedas
Los meses del año, los días de la semana, las estaciones del año y el nombre de las monedas, van con inicial minúscula: agosto, lunes, verano, euro.
Cuando en el texto se mencionen partes o divisiones de una obra van en minúscula: artículo 45, capítulo II, libro sexto.
Sobre el uso de las mayúsculas y minúsculas puede consultarse:
https://www.rae.es/dpd/may%C3%BAsculas#69
https://www.fundeu.es/noticia/uso-de-las-minusculas-en-espanol-2-de-4-7247/
2. UTILIZACIÓN DE CURSIVAS
Los latinismos crudos (no adaptados) y los extranjerismos se escriben en cursiva (no entre comillas) y en minúsculas: numerus clausus, ad hoc, grosso modo, ratio decidendi, in vigilando, ballet, paddle, femme fatale.
Los latinismos y los extranjerismos adaptados, se escriben en redonda y con arreglo a la grafía y acentuación de nuestra lengua: campus, memorándum, currículum, pádel, cederrón, güisqui, tique.
3. SIGNOS DE PUNTUACIÓN
3.1. Coma
Nunca se debe poner la coma entre el sujeto y el predicado, por muy extenso que sea el primero.
No se escribe coma detrás de las conjunciones y, e, ni, o, u cuando este signo se utiliza para separar elementos de una misma serie o miembros gramaticalmente equivalentes dentro de un mismo enunciado:
Correcto: Es un chico muy reservado, estudioso y de buena familia.
No le gustan las manzanas, las peras ni los plátanos.
¿Quieres té, café o manzanilla?
3.2. Punto
– Las rúbricas de capítulos, títulos, epígrafes y subepígrafes no llevan punto final.
– Debe procurarse evitar párrafos farragosos con innumerables frases subordinadas. Se recomienda la frecuente utilización de puntos (seguido y aparte), así como el punto y coma.
– El punto va detrás del paréntesis, la raya o las comillas de cierre.
– Las enumeraciones en distintos párrafos llevan punto final.
– Las abreviaturas siempre llevan punto posterior: etc., art., ej.
– Los puntos suspensivos son tres.
– Nunca se mezclan los puntos suspensivos con «etc.».
3.3. Dos puntos
Después de los dos puntos, salvo casos excepcionales, se escribe minúscula. Cabe destacar que los dos puntos van seguidos de mayúscula cuando introducen una cita o un pensamiento en estilo directo. Por ejemplo:
«Durante una conferencia de prensa, el mandatario afirmó: “No hay país en la tierra que tolere que una lluvia de misiles caiga sobre sus ciudadanos desde fuera
de sus fronteras”».
Por otra parte, la Ortografía de la lengua española considera incompatible escribir dos puntos después de «como» o de preposiciones, así como incluir más de un signo de dos puntos en una misma oración.
4. USO DE TILDE
Las mayúsculas no están exentas de tilde: Álvaro, CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL JÚCAR.
Los monosílabos no llevan tilde, salvo que tenga función diacrítica: guion, fe, dé (del verbo dar), sé (del verbo saber), sí (adverbio de afirmación), si (conjunción).
5. EXTRANJERISMOS LOS ESTRICTAMENTE NECESARIOS
Cuando el extranjerismo tenga su correcta traducción al español, es preferible esta última en redonda, en vez del extranjerismo en cursiva.
Email: correo electrónico.
Abstract: extracto o resumen.
Post: entrada o artículo.
Hobby: pasatiempo.
Password: contraseña.
6. USO DE COMILLAS
En español usamos tres clases de comillas: las angulares o españolas (« »), las inglesas (“ ”) y las simples (‘ ’). En los textos impresos se recomienda usar primero las angulares, reservando las inglesas y las simples, en este orden, para entrecomillar partes de un texto ya entrecomillado.
El uso de las comillas lo recoge el Diccionario panhispánico de dudas en el siguiente enlace: https://www.rae.es/dpd/comillas
7. NÚMEROS
Se escriben con todas sus letras las cifras del cero al nueve, ambos inclusive. Las cifras con más de dos números irán en guarismos. Los miles no llevan punto:
1995/2022.
Los porcentajes pueden escribirse en cifras o con letra, pero sin mezclar ambos grupos.
Correcto: «cinco por ciento».
Incorrecto: «cinco %».
Cuando se escriban con guarismos debe dejarse un espacio de separación entre la cifra y el signo matemático (%): 50 %, 15 %.
Aunque el Diccionario panhispánico de dudas recomendó eliminar este espacio en el caso de los porcentajes, la última edición de la Ortografía (2010, pág. 590) establece con claridad que debe haber un espacio entre la cifra y el signo de porcentaje.
Esta misma norma (un espacio de separación entre cifra y símbolo) se aplica también a las unidades monetarias (el dólar, $, o el euro, €, por ejemplo).
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Y CITAS
1. AUTORES
1. En las referencias a una obra concreta se señalará, en primer lugar, el autor o autores.
Las alternativas son las siguientes (se continuará a lo largo de toda la obra con la opción escogida):
1.1. Apellidos (en versalitas) seguido, tras una coma, de la inicial del nombre.
– Moreno Catena, V.
– Castán Tobeñas, J.
1.2. Nombre completo (en redonda) y apellidos (en versalita).
– Víctor Moreno Catena.
– José Castán Tobeñas.
1.3. Si son más de tres autores, se presentará como «varios autores» o «VV.AA.» (en redonda) o con el nombre y apellidos del primero de ellos añadiendo «y otros».
2. En segundo lugar, el título completo de la obra irá en cursiva, seguido, en su caso, del tomo y volumen, número de la edición, editorial, lugar y fecha de la
edición (si no constan se pondrá «s.l.» y «s.f.»).
– Alejandro Nieto García, El arbitrio judicial, Colex, A Coruña, 2021, pág. 35.
– José Castán Tobeñas, Derecho español común y foral, 8.ª ed., tomo VI, vol. III, Instituto editorial Reus, Madrid, 1978, pág. 304.
2.1. Si se trata de una obra colectiva, el título de referencia irá entrecomillado (en redonda), añadiendo después la preposición «en» y, seguidamente, el
título general de la obra (en cursiva) señalando que es una obra colectiva (en redonda). El resto, como en el apartado anterior.
– Jesús Manuel Villegas López, «Fiscal investigador contra juez instructor (La noche cae sobre Manhattan)», en Justicia a escena: ¡acción!, obra colectiva, vol. 2, Colex, A Coruña, 2019, págs. 98-99.
– Miguel Ángel Asensio Sánchez, «El cine de pandemias: una mirada a los derechos fundamentales desde la excepcionalidad», en La utilización del cine en la docencia del derecho: propuestas de interés, obra colectiva, coordinador Antonio J. Quesada Sánchez, Colex, A Coruña, 2021, págs. 38-40.
2.2. Si se trata de revistas jurídicas, el título de referencia irá entrecomillado (en redonda), añadiendo después la preposición «en» y, seguidamente, el título general de la revista (en cursiva), tomo o número, fecha y página o páginas.
Gonzalo de Diego Camarena, «El derecho a compensación de los pasajeros aéreos (II): las circunstancias extraordinarias», en Revista Jurídica Colex, núm. 23, noviembre-diciembre de 2021, págs. 28-30.
3. Las notas irán a pie de página, numeradas mediante caracteres arábigos.
En el texto, la referencia numérica de las notas irá en superíndice, siempre pegado a la cola de la palabra/frase a la que hacen referencia, y siempre antes del signo de puntuación (punto, coma, punto y coma o dos puntos).
En el pie de página puede usarse la numeración con superíndice o sin él. En este último caso tras el número de la nota se añadirá un punto. Ejemplos, ambos válidos:
1Cf. Alfredo de Diego Díez, ¡Al abordaje! Asalto a la Justicia, Colex, 2018, págs. 25 a 32.
1. Cf. Alfredo de Diego Díez, ¡Al abordaje! Asalto a la Justicia, Colex, 2018, págs. 25 a 32.
4. Las citas irán entrecomilladas. Si exceden de tres líneas irán separadas del cuerpo principal del texto, sangradas, a espacio sencillo. Cualquier cambio introducido en la cita original deberá indicarse encerrándolo entre corchetes.
2. CITAS DE JURISPRUDENCIA
Contendrán siempre la referencia del correspondiente identificador europeo de jurisprudencia (ECLI), que ya viene indicado en las bases de datos comerciales más significativas, en la del CENDOJ y en la del TJUE (InfoCuria Jurisprudencia).
Las resoluciones judiciales se mencionarán de la siguiente forma:
Tribunal (preferiblemente en abreviatura) + Número de sentencia + Fecha + (ECLI).
Ejemplos:
SAP de Sevilla (sección 8.ª) núm. 82/2022, de 24 de marzo (ECLI:ES:APSE: 2022:315).
STSJ de Castilla y León (contencioso, sede en Valladolid) núm. 665/2022, de 31 de mayo (ECLI:ES:TSJCL:2022:2218).
En caso de que no dispongamos del número de sentencia y sí de recurso, se especificará que el número es el de recurso mediante la abreviatura «rec.» (en minúsculas).
Tribunal (preferiblemente en abreviatura) + Fecha + rec. + (ECLI).
Ejemplo:
ATS (Sala 3.ª, sección 1.ª) de 22 de junio de 2022, rec. 8433/2021 (ECLI:ES:TS:
2022:9792A).
Las resoluciones administrativas, en su caso, deberán seguir una estructura similar y homogénea a lo largo de la obra.
Referencias jurisprudenciales
Las referencias jurisprudenciales podrán presentar el siguiente formato, con expresa indicación de sus fundamentos jurídicos:
Tribunal Supremo:
STS 123/2021, de 31 de diciembre (F. J. 1º).
ATS 123/2021, de 31 de diciembre (F. J. 1º).
Tribunal Constitucional
STC 123/2021, de 31 de diciembre (F. J. 1º).
ATC 123/2021, de 31 de diciembre (F. J. 1º).
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
STEDH, de 31 de diciembre, (asunto BCA vs España).
Tribunal de Justicia de la Unión Europea
STJUE, de 31 de diciembre, (asunto BCA vs España).
Corte Interamericana de Derechos Humanos.
SCIDH, de 31 de diciembre, (asunto BCA vs Chile).
A tal fin, se proponen las siguientes abreviaturas:
AN Audiencia Nacional.
AP / AAPP Audiencia Provincial / Audiencias Provinciales.
ATC Auto del Tribunal Constitucional.
ATS Auto del Tribunal Supremo.
CIDH Corte Interamericana de Derechos Humanos.
F. J. Fundamento Jurídico.
SCIDH Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
STC/SSTC Sentencia del Tribunal Constitucional/Sentencias del Tribunal Constitucional.
STEDH Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
STJUE Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
STS/SSTS Sentencia del Tribunal Supremo/ Sentencias del Tribunal Supremo.
TC Tribunal Constitucional.
TEDH Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
TJUE Tribunal de Justicia de la Unión Europea
TSJ Tribunal Superior de Justicia.
TS Tribunal Supremo.
Referencias normativas en formato abreviatura:
CC Código Civil.
CE Constitución Española.
CEDH Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950.
CDFUE Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
CP Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
LEC Ley de Enjuiciamiento Civil.
LEcrim Ley de Enjuiciamiento Criminal.
LOPJ Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
LOPM Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.
PIDCP Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 16 de diciembre de 1966.
TUE Tratado de la Unión Europea de 7 de diciembre de 1992.
Otras referencias de interés:
AAVV. Autores varios.
art. / arts. Artículo / artículos.
Coords. Coordinadores.
ed. Edición.
etc. Etcétera.
ibíd. En el mismo lugar.
núm. Número.
ob. cit. Obra citada.
pág. / págs. Página / páginas.
ref. Referencia.
ss. Siguientes.
trad. Traducción.
TS Tribunal Supremo.
vid. Véase.
Vol. / Vols. Volumen/volúmenes.